Hola, que tal todos, vuelvo a proponer una MP , el nombre viene por el lanzamiento del día 26 de febrero del DLC El Dorado , aunque no lo necesitareis pues no se requiere solo es por fijar una fecha
Versión Vanilla Checksum: 1.11.4
Mods : Ninguno
PLAZAS LIBRES
Día y hora: Miércoles entre 10:30pm aprox 2:00am aprox (o si quedan menos del 50% de jugadores)
Fecha de inicio: 1444
Escenario: La Europa 1444
GM: Suined
CoGMs: Ojo
Host: Iverson
Minimo de 8 jugadores con estos paises:
Castilla/España----------->Inverson
Borgoña--------------------> PLAZA LIBRE
Inglaterra/Gran Bretaña-> javipf
Imperio Otomano--------> PLAZA LIBRE
Danes---------------------> PLAZA LIBRE
Portugal--------------------> VrokeRk
Austria--------------------> Suined
Moscovia/Rusia--------------> Perea2312
Polonia/Comonweath--------------------> nibelungo
REGLAS
I. De la Paz y la guerra.
1). Se establece el siguiente límite para la exigencia de provincias en los acuerdos de paz entre países humanos:
- De 1444 a 1530: Máximo 4 provincias por alianza o un tope del 40% WS.
- De 1530 a 1600: Máximo 5 provincias por alianza o un tope del 50% WS.
- De 1600 a 1700: Máximo 6 provincias por alianza o un tope del 60% WS.
- De 1700 a 1750: Máximo 7 provincias por alianza o un tope del 70% WS.
- De 1750 a 1819: Máximo 8 provincias por alianza o un tope del 75% WS.
** El objetivo de la guerra a de ser la primera petición en la paz.
**** Los centros de comercio se valoran como 2 provincias.
***** Cuando se refiere a la liberación de naciones, sus provincias se calculan con un valor de 2/3 de provincia.
****** Los redondeos se hacen siempre al alza.
******* Las colonias "usurpadas" no se incluirán en el cómputo de la paz.
******** Los límites establecidos lo son al momento de firmarse cada acuerdo de paz, en caso de paces parciales con los contendientes, el territorio eventualmente así adquirido por un bando tendrá que ser recuperado por el bando con cargo a su tope máximo de petición de provincias, y no adicionalmente a éste.
TREGUAS
- El pais agredido puede llamar a sus aliados aunque estos tengan tregua con el agresor, el pais agresor no puede llamar a la guerra a los aliados que tengan tregua con alguno de los paises defensores.
- No se puede llamar a la guerra a un aliado que se haya salido de la misma guerra en periodo de tregua pero el aliado puede declarar otra guerra por separado contra cualquier pais que no tenga tregua.
- Se puede romper una tregua si atacan a un pais aliado o bien mediante defensor de la fe o protegido.
1). Las entregas de provincias se harán mediante el acuerdo de paz, y sólo excepcionalmente, de manera justificada y con el visto bueno del GM, mediante venta. Para evitar la circunvención de esta regla, no se permite la venta de las provincias obtenidas en paz durante el plazo de 20 años.
2). No se permitirá exigir mediante paz provincias sin conexión geográfica (directa o a través de vasallos) o política (provincias nacionales o de la misma cultura).
3). Tampoco se permitirá la exigencia de conversión religiosa forzada si al menos una provincia del país derrotado no comparte esa religión.
4). Está prohibido matar rebeldes de otro pais en tiempos de guerra (entre humanos), si no se es potencia beligerante en la misma.
5). Se prohibe partir a un país (IA o humano) mediante la exigencia de determinadas provincias en un acuerdo de paz, como regla general, salvo que se justifique ante los GMs su necesidad.
6). No se podrá atacar a ningún pais imperial si se tiene tregua con el emperador.
II. De eso llamado Diplomacia y demás chancullos confesables.
7). Los acuerdos entre humanos no son de obligatorio cumplimiento, excepto aquéllos derivados de un tratado de paz siempre que, o bien se hagan públicos en el foro o bien, de incluir cláusulas secretas, tengan a dos de los GMs de la partida como testigos.
8). No se podrá solicitar acceso en los vasallos o unión personal de un tercero, si no es con el consentimiento explícito del señor.
Todo país humano atacado por otro humano desde un país neutral, podrá solicitar en cualquier caso acceso temporal en éste. Si el país neutral es humano estará obligado a dar casus belli al atacado, a su petición.
III. Economía, Colonización y otras cosas.
9).A partir 1492 se puede elegir ideas las colonizadoras para balancear las oportunidades de colonizar y no depender de la situación geográfica.Los Incas y Aztecas pueden siempre y cuando sean adjuntas a sus cores
10). Queda prohibido trasladar la capital a otro continente.
IV. Retrasos y Pausas.
Retrasos
11). Retraso de Cortesía ≤10 minutos.
12). Retraso leve, entorno a los 15-20 minutos: -10 de prestigio. Éste será la sanción para cualquier primer retraso leve. Un segundo retraso leve sería de -15 prestigio. Tercer retraso leve -25 de prestigio. A partir de aquí se iría restando 5 prestigio.
13). Retraso grave más de 20 min y sin sub: -25 de prestigio. Éste será la sanción para cualquier primer retraso grave. Por ser la primera vez el castigo no es muy grave, ya que se busca sobre todo penar la reincidencia. Así pues para los siguientes retrasos graves: segundo retraso grave implicará castigar además la estabilidad (-1). Tercer retraso, además de lo anterior la legitimidad (-10).A partir de los 30 minutos de retraso se tratará de jugar con un sub si lo hay. En caso negativo los jugadores votarán si se juega con el país IA o se hace un nuevo intento de conexión media hora después (23:00). LLegado ese punto se jugará con el país IA salvo que TODOS los jugadores estén de acuerdo en suspender la sesión o tratar de jugar algo más tarde.
14) Hotjoin solo cada 1h - es decir solo 4 por cada sesion
Pausas
1º aviso: Habrá un aviso del GM por abusar de las pausas que se enviará en mayúsculas y nombrando al jugador que está pausando.
2º aviso: Se sancionará como falta leve (misma sanción que a retraso leve).
3º aviso: Sanción grave (misma sanción que para retrase grave).
Mapas de las limitaciones por conquista de algunas zonas.
-Nuevo Mundo : No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1492.Se permite el cambio de culturas excepto si sale la cultura americana
-India: No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1600. No se permite el cambio de culturas
China, Korea y Japón : No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1630. No se permite el cambio de culturas
Persia: Conquistable a partir de 1570, sus provincias no será posible cambiarlas de cultura excepto si el Imperio Otomano
Versión Vanilla Checksum: 1.11.4
Mods : Ninguno
PLAZAS LIBRES
Día y hora: Miércoles entre 10:30pm aprox 2:00am aprox (o si quedan menos del 50% de jugadores)
Fecha de inicio: 1444
Escenario: La Europa 1444
GM: Suined
CoGMs: Ojo
Host: Iverson
Minimo de 8 jugadores con estos paises:
Castilla/España----------->Inverson
Borgoña--------------------> PLAZA LIBRE
Inglaterra/Gran Bretaña-> javipf
Imperio Otomano--------> PLAZA LIBRE
Danes---------------------> PLAZA LIBRE
Portugal--------------------> VrokeRk
Austria--------------------> Suined
Moscovia/Rusia--------------> Perea2312
Polonia/Comonweath--------------------> nibelungo
REGLAS
I. De la Paz y la guerra.
1). Se establece el siguiente límite para la exigencia de provincias en los acuerdos de paz entre países humanos:
- De 1444 a 1530: Máximo 4 provincias por alianza o un tope del 40% WS.
- De 1530 a 1600: Máximo 5 provincias por alianza o un tope del 50% WS.
- De 1600 a 1700: Máximo 6 provincias por alianza o un tope del 60% WS.
- De 1700 a 1750: Máximo 7 provincias por alianza o un tope del 70% WS.
- De 1750 a 1819: Máximo 8 provincias por alianza o un tope del 75% WS.
** El objetivo de la guerra a de ser la primera petición en la paz.
**** Los centros de comercio se valoran como 2 provincias.
***** Cuando se refiere a la liberación de naciones, sus provincias se calculan con un valor de 2/3 de provincia.
****** Los redondeos se hacen siempre al alza.
******* Las colonias "usurpadas" no se incluirán en el cómputo de la paz.
******** Los límites establecidos lo son al momento de firmarse cada acuerdo de paz, en caso de paces parciales con los contendientes, el territorio eventualmente así adquirido por un bando tendrá que ser recuperado por el bando con cargo a su tope máximo de petición de provincias, y no adicionalmente a éste.
TREGUAS
- El pais agredido puede llamar a sus aliados aunque estos tengan tregua con el agresor, el pais agresor no puede llamar a la guerra a los aliados que tengan tregua con alguno de los paises defensores.
- No se puede llamar a la guerra a un aliado que se haya salido de la misma guerra en periodo de tregua pero el aliado puede declarar otra guerra por separado contra cualquier pais que no tenga tregua.
- Se puede romper una tregua si atacan a un pais aliado o bien mediante defensor de la fe o protegido.
1). Las entregas de provincias se harán mediante el acuerdo de paz, y sólo excepcionalmente, de manera justificada y con el visto bueno del GM, mediante venta. Para evitar la circunvención de esta regla, no se permite la venta de las provincias obtenidas en paz durante el plazo de 20 años.
2). No se permitirá exigir mediante paz provincias sin conexión geográfica (directa o a través de vasallos) o política (provincias nacionales o de la misma cultura).
3). Tampoco se permitirá la exigencia de conversión religiosa forzada si al menos una provincia del país derrotado no comparte esa religión.
4). Está prohibido matar rebeldes de otro pais en tiempos de guerra (entre humanos), si no se es potencia beligerante en la misma.
5). Se prohibe partir a un país (IA o humano) mediante la exigencia de determinadas provincias en un acuerdo de paz, como regla general, salvo que se justifique ante los GMs su necesidad.
6). No se podrá atacar a ningún pais imperial si se tiene tregua con el emperador.
II. De eso llamado Diplomacia y demás chancullos confesables.
7). Los acuerdos entre humanos no son de obligatorio cumplimiento, excepto aquéllos derivados de un tratado de paz siempre que, o bien se hagan públicos en el foro o bien, de incluir cláusulas secretas, tengan a dos de los GMs de la partida como testigos.
8). No se podrá solicitar acceso en los vasallos o unión personal de un tercero, si no es con el consentimiento explícito del señor.
Todo país humano atacado por otro humano desde un país neutral, podrá solicitar en cualquier caso acceso temporal en éste. Si el país neutral es humano estará obligado a dar casus belli al atacado, a su petición.
III. Economía, Colonización y otras cosas.
9).A partir 1492 se puede elegir ideas las colonizadoras para balancear las oportunidades de colonizar y no depender de la situación geográfica.Los Incas y Aztecas pueden siempre y cuando sean adjuntas a sus cores
10). Queda prohibido trasladar la capital a otro continente.
IV. Retrasos y Pausas.
Retrasos
11). Retraso de Cortesía ≤10 minutos.
12). Retraso leve, entorno a los 15-20 minutos: -10 de prestigio. Éste será la sanción para cualquier primer retraso leve. Un segundo retraso leve sería de -15 prestigio. Tercer retraso leve -25 de prestigio. A partir de aquí se iría restando 5 prestigio.
13). Retraso grave más de 20 min y sin sub: -25 de prestigio. Éste será la sanción para cualquier primer retraso grave. Por ser la primera vez el castigo no es muy grave, ya que se busca sobre todo penar la reincidencia. Así pues para los siguientes retrasos graves: segundo retraso grave implicará castigar además la estabilidad (-1). Tercer retraso, además de lo anterior la legitimidad (-10).A partir de los 30 minutos de retraso se tratará de jugar con un sub si lo hay. En caso negativo los jugadores votarán si se juega con el país IA o se hace un nuevo intento de conexión media hora después (23:00). LLegado ese punto se jugará con el país IA salvo que TODOS los jugadores estén de acuerdo en suspender la sesión o tratar de jugar algo más tarde.
14) Hotjoin solo cada 1h - es decir solo 4 por cada sesion
Pausas
1º aviso: Habrá un aviso del GM por abusar de las pausas que se enviará en mayúsculas y nombrando al jugador que está pausando.
2º aviso: Se sancionará como falta leve (misma sanción que a retraso leve).
3º aviso: Sanción grave (misma sanción que para retrase grave).
Mapas de las limitaciones por conquista de algunas zonas.
-Nuevo Mundo : No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1492.Se permite el cambio de culturas excepto si sale la cultura americana
-India: No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1600. No se permite el cambio de culturas
China, Korea y Japón : No se podrá anexionar ni avasallar más provincias hasta pasado el 1 de enero de 1630. No se permite el cambio de culturas
Persia: Conquistable a partir de 1570, sus provincias no será posible cambiarlas de cultura excepto si el Imperio Otomano
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