El Dominio Pirata anuncia que declara el Mar de las Antillas y sus alrededores Zona Libre de la colonización de las potencias imperialistas.
Reclama por tanto la jurisdicción sobre sus tres bases de operaciones:
Jamaica (140), Tortuga (142), Curaçao (153).
Y también sobre los siguientes enclaves:
Havana (137), Moron (138), Guantánamo (139), Les Cayes (141), Barahona (143), Puerto Rico (144), Santo Tomás (145), San Martín (146), Antigua (147), Dominica (148), Guadalupe (149), Martinica (150), Trinidad y Tobago (151), Barbados (152), Bermuda (1558), Bahamas (1559).
Para asegurar su dominio sobre los mares antillanos, el Dominio Pirata también reclama los siguientes enclaves en Tierra Firme:
Isthmus (39), Everglades (50), Surinam (181), Maracaibo (157)
El Dominio Pirata también declara que la Piratería es una invención suya y que por tanto, cualquier otra persona que ejerza la piratería está violando los derechos intelectuales de los miembros del Dominio Pirata.
Con el objetivo de recaudar fondos para defender los derechos de autor de los verdaderos piratas, y acabar con la aborrecíble piratería pirata, el Dominio Pirata declara que todos los navíos que crucen por sus aguas jurisdiccionales (que coinciden con ser todas las del mundo) deben pagar los siguientes cánones:
* 10% sobre el valor de cualquier instrumento musical presente a bordo, puesto que pueden ser utilizados para tocar música protegida.
* 10% sobre el valor de cualquier cargamento de madera. Puesto que la madera puede ser usada para hacer instrumentos con los que tocar música protegida, o para hacer papel en el que escribir partituras de música protegida.
* 10% sobre el valor de cualquier cargamento de ganado porcino, ya que sus pieles o tripas pueden ser utilizados para construir instrumentos con los que tocar música protegida.
* 10% sobre el valor de cualquier cargamento de ganado avícola, ya que sus plumas pueden ser utilizados para escribir partituras de música protegida.
* 10% sobre el valor de cualquier cargamento de vino, ron, u otras bebidas alcohólicas, ya que causan un estado anímico que lleva a los que la beben a cantar/silbar música protegida.
* 10% sobre el valor de cualquier cargamento de uva, azúcar, cereal, o cualquier otro producto con el que se puedan elaborar bebidas alcohólicas.
* 10% sobre el valor de cualquier caja, barril, baul u otra forma de embalaje, ya que puede contener música protegida, o puede ser utilizada para transportar música protegida pirateada.
* 10% de comisión genital (la que nos sale de los cojones)
* 10% de comisión facial (por nuestra cara bonita)
Por tanto, el Dominio Pirata confiscará toda mercancía y todo barco que navege por sus aguas jurisdiccionales (que coinciden con ser todas las del mundo) en concepto de cobro de dichos cánones.
Sentimos las molestias. Velar por los Derechos de Autor es velar por la Libertad y la Democracia. No contribuyan a matar a la música. Gracias.